Comercio: nuevo convenio colectivo para empleados de sistemas de seguridad electrónica

Errepar11/05/2023

FAECYS firmo juntó a la Cámara Argentina de Seguridad Electrónica un nuevo Convenio Colectivo

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios rubricó con la Cámara Argentina de Seguridad un nuevo convenio colectivo para la actividad de venta, instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad electrónica para todo el ámbito del territorio nacional.

Asimismo, el nuevo acuerdo se configura como un anexo al CCT 130/75, general de los mercantiles, que será de aplicación cuando las condiciones no se expresen específicamente por el nuevo convenio.

Por otra parte, las partes establecen que las categorías laborales establecidas en el capitulo III poseen su equivalencia con el CCT 130/75 siendo los salarios básicos y adicionales iguales a este.

Para aquellas empresas que estuvieran abonando un salario superior al fijado en este convenio, la diferencia entre el sueldo básico y el mayo salario, se liquidara como adicional de empresa, el cual recibirá el mismo incremento salarial que los salarios de convenio, manteniendo de esta forma el poder adquisitivo de los trabajadores.

Licencias del acuerdo                         

Por demás de las licencias acordadas en el CCT 130/75, el nuevo convenio incluye las siguientes licencias adicionales:

  • Licencia por situación de violencia de género: las trabajadoras afectadas en una situación de violencia dispondrán de 5 días de licencia con goce de sueldo y la posibilidad de acceder al 40% de sus haberes en concepto de adelanto de sueldo. La Empresa en conjunto con la Organización Gremial podrán evaluar, según la complejidad del caso, la posibilidad de prorrogar la licencia por violencia contra la mujer
  • Licencia para padres no biológicos: el personal masculino dependiente para el caso de nacimiento, paternidad no biológica; y/ o por adopción tendrá derecho a una licencia de cuatro (4) días hábiles.
  • Licencia para madres adoptivas y/o no biológicas: la madre adoptiva o no biológica tendrá derecho a una licencia con goce de haberes de hasta 90 días corridos, a partir de la fecha de guarda o tenencia con fines de adopción, otorgada por autoridad judicial o administrativa competente; o nacimiento, para el caso de la maternidad no biológica.

 

Te acercamos el nuevo convenio colectivo completo en el siguiente enlace.