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Erreius17/10/2023
Todas las semanas nuestros especialistas te comentan los fallos más destacados del escenario local
La Dra. Marianela Manelli analiza un fallo del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Corrientes, que admitió la acción por repetición entablada por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, y condenó a la empresa empleadora a restituir las sumas que había abonado en concepto de indemnización por el fallecimiento de un trabajador en un accidente laboral.
La magistrada, para así decidir, valoró que el trabajador había sido registrado por la empleadora con posterioridad a su deceso; y que no se acreditaron las falencias del sistema de registración que alegó en su defensa.
En el caso “S. M. Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA c/E. I. SRL s/restitución de pago”, el accidente que ocasionó la muerte del trabajador se produjo cuando éste se encontraba manipulando una grúa tipo “pluma”, e hizo contacto con cables eléctricos, sufriendo una descarga que le provocó la muerte.
En ese momento, el trabajador se encontraba fuera del sistema (trabajo informal), habiendo sido dado de alta (registrado) el mismo día del accidente por la noche, es decir, con posterioridad a su fallecimiento.
La demandada alegó que la registración tardía del trabajador había respondido a fallas en el sistema de la AFIP. Sin embargo, nada de ello fue probado en el juicio. Asimismo, invocó que había delegado en un estudio contable la registración del trabajador, pero el fallo sostuvo que esa circunstancia no la eximía de su obligación.
Por último, la jueza concluyó que del plexo probatorio no se desprendía que el accidente laboral por el cual la ART debió indemnizar a los herederos de la víctima, hubiera sucedido por culpa grave o dolo de la misma, por lo que el eximente de responsabilidad alegado por la demandada no podía prosperar.