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Erreius12/06/2023
Todas las semanas nuestros especialistas te comentan los fallos más destacados del escenario local
El Dr. Marcelo Perciavalle analiza un fallo de la sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, donde -en el marco de un concurso preventivo- el tribunal aplicó la perspectiva de género para excluir a un acreedor hostil del cómputo para la aprobación del acuerdo preventivo.
En el caso “G. B., M. L. s/concurso preventivo” la concursada presentó un pedido de exclusión de voto respecto de un acreedor, quien la había representado como abogado para efectuar ciertos reclamos contra su ex cónyuge, y por quien fue luego demandada en un juicio ejecutivo en base a cierto reconocimiento de deuda.
El fallo resalta que, desde el inicio del proceso, el acreedor adelantó su oposición a la tramitación del concurso y manifestó su rechazo a cualquier propuesta (aún sin saber los términos de la misma).
Los camaristas destacaron la obligatoriedad de aplicar la perspectiva de género en el análisis del caso, en virtud de los diversos instrumentos internacionales aprobados por el Estado Argentino.
Además, el tribunal consideró que la conducta del acreedor había sido desplegada de forma abusiva, con miras a impedir la obtención de las mayorías necesarias para el acuerdo, y con ello frustrar la solución preventiva.
Por lo tanto, decidió revocar la sentencia dictada en primera instancia, y admitir el pedido de exclusión de voto del acreedor, aplicando la perspectiva de género.