¿La carnicería donde comprás te va a reintegrar parte de lo abonado?

Errepar08/03/2023

Ingresá el CUIT del comercio y verificá si se encuentra incorporado en el Registro y te corresponde el reintegro por tu compra

Está disponible en la página web de AFIP un buscador de comercios adheridos al Régimen de reintegros por compras en carnicerías efectuadas por consumidores finales.

A través de este buscador, se deberá ingresar  el número de CUIT del comercio y de esta manera se podrá verificar si se encuentra incluido en el registro, y asi saber si te corresponde el reintegro por tu compra.

Ingresar al buscador de AFIP haciendo clic aquí.

Recordemos que este régimen establece un reintegro para los consumidores finales del 10% del monto de las compras que se abonen mediante la utilización de tarjetas de débito, tarjetas prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras y/o billeteras electrónicas registradas en el BCRA. El beneficio tiene un tope mensual de $ 2.000.

Para las carnicerías que se inscriban en el mismo hay una serie de beneficios, tanto para monotributistas como para responsables inscriptos.

Monotributistas

  • Respecto a las obligaciones cuyo vencimiento se produzca desde su inclusión en el registro y durante la vigencia del programa, podrán abonar el componente impositivo en la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes posterior de la fecha original.
  • No podrán ser excluidos de pleno derecho hasta el 31 de diciembre de 2023.

Responsables inscriptos en IVA

  • Podrán ingresar el impuesto que surja de las declaraciones juradas del gravamen en la fecha de vencimiento correspondiente al tercer mes inmediato siguiente al de su vencimiento general.
  • La presentación, en forma mensual, de las respectivas declaraciones juradas, continuará realizándose según el cronograma de vencimientos generales y el beneficio se aplicará exclusivamente por los meses comprendidos durante la vigencia del programa, en los que se cuente con la inscripción en el registro.

Para finalizar, este régimen fue creado por la RG (AFIP) 5330 y rige desde el 1/3/2023 hasta el 31/12/2023.

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