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Errepar07/03/2023
Hasta el 31 de marzo los contribuyentes de ingresos brutos pueden ratificar o rectificar los datos en el “RDE”
Hasta el 31 de Marzo, los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires tienen tiempo para ratificar o rectificar los datos del/de su/s domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación “RDE” de esa jurisdicción, creado por Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 24/2022.
La información requerida para la inscripción o actualización del/de los domicilios de explotación debe ser registrada, rectificada o ratificada por los contribuyentes y/o responsables, con carácter de declaración jurada, ingresando en el aplicativo "Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”, disponible a tal efecto en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Ciudad, Nivel 02.
Al respecto, los contribuyentes y/o responsables obligados deben ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación con carácter anual, desde el 1 de enero al 31 de marzo de cada año.
Aquellos contribuyentes que inicien actividad con posterioridad al primer trimestre del año calendario, deberán registrar el/los domicilio/s de explotación en un plazo de 30 días contados a partir del efectivo inicio del ejercicio de la actividad económica.
En el supuesto que hubiere modificaciones en el/los domicilio/s de explotación durante el transcurso del ejercicio fiscal, éstas deben ser informadas por el contribuyente y/o responsable dentro del plazo de 15 días hábiles de producida la modificación.
El trámite es obligatorio para la realización de distintos trámites o procedimientos y su incumplimiento -referido a la inscripción y/o actualización del/los domicilio/s de explotación- será considerado una infracción a los deberes formales.
El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.
El domicilio de explotación resulta exigible para:
Al momento de la inscripción o actualización en el Registro de Domicilios de Explotación, el contribuyente debe informar: