CABA ¿Cuándo vence la validación de los datos en el Registro de Domicilios de Explotación?

Errepar07/03/2023

Hasta el 31 de marzo los contribuyentes de ingresos brutos pueden ratificar o rectificar los datos en el “RDE”

Hasta el 31 de Marzo, los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires tienen tiempo para ratificar o rectificar los datos del/de su/s domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación “RDE” de esa jurisdicción, creado por Resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 24/2022.

La información requerida para la inscripción o actualización del/de los domicilios de explotación debe ser registrada, rectificada o ratificada por los contribuyentes y/o responsables, con carácter de declaración jurada, ingresando en el aplicativo "Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”, disponible a tal efecto en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Ciudad, Nivel 02.

Al respecto, los contribuyentes y/o responsables obligados deben ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación con carácter anual, desde el 1 de enero al 31 de marzo de cada año.

Aquellos contribuyentes que inicien actividad con posterioridad al primer trimestre del año calendario, deberán registrar el/los domicilio/s de explotación en un plazo de 30 días contados a partir del efectivo inicio del ejercicio de la actividad económica.

En el supuesto que hubiere modificaciones en el/los domicilio/s de explotación durante el transcurso del ejercicio fiscal, éstas deben ser informadas por el contribuyente y/o responsable dentro del plazo de 15 días hábiles de producida la modificación.

El trámite es obligatorio para la realización de distintos trámites o procedimientos y su incumplimiento -referido a la inscripción y/o actualización del/los domicilio/s de explotación- será considerado una infracción a los deberes formales.

 

 

¿Qué es el domicilio de explotación y para quién es exigible?

El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica.

El domicilio de explotación resulta exigible para:

  • Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos bajo categoría locales.
  • Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Los contribuyentes inscriptos en el régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.
  • Contribuyentes exentos del impuesto sobre los ingresos brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué datos se deben informar?

Al momento de la inscripción o actualización en el Registro de Domicilios de Explotación, el contribuyente debe informar:

  • El número de partida del/de los inmueble/s.
  • La Clave Única de Identificación Tributaria del/de los titular/es de dominio del/ de los inmueble/s.
  • La Clave Única de Identificación Tributaria del contribuyente que desarrolla actividades económicas.
  • El carácter de ocupación del/de los inmueble/s por parte del contribuyente (dominio, locación, comodato, usufructo, concesión, uso o tenencia precaria, etc.) y el plazo de vigencia estipulado en el contrato.
  • Las actividades desarrolladas en el/los inmueble/s según el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación, con sus respectivos Códigos de Actividad.
  • La superficie afectada a las actividades económicas.
  • El Número de Habilitación otorgado por la Agencia Gubernamental de Control, o el organismo que en el futuro la reemplace, en caso de corresponder.
  • Fecha de inicio de las actividades económicas en el inmueble.
  • Fecha de cese de las actividades económicas en el inmueble, en caso de corresponder.
  • Cualquier otra información de relevancia para la identificación de la explotación económica del inmueble.