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Errepar05/05/2023
Se crea el Régimen Provincial de Promoción de Empleo Joven, el cual regirá en todo el territorio provincial
Mediante la Ley 15431 se crea el Régimen Provincial de Promoción de Empleo Joven, que tiene por objeto la creación de puestos de trabajo genuino y registrado para jóvenes de la provincia promoviendo su inserción y facilitando su acceso al sistema laboral.
Serán considerados trabajadores beneficiarios del régimen quienes al momento de la contratación:
A efectos de favorecer la inserción laboral de monotributistas sociales o promovidos, los aportes realizados por éstos no serán computados ni considerados en los términos del último punto mencionado.
Podrán acceder al régimen las personas humanas o jurídicas, pertenecientes al sector privado, inscriptas como empleadores ante la AFIP, cuyo domicilio fiscal se encuentre radicado en la provincia y tributen en ella.
Por otra parte, los empleadores no podrán sustituir trabajadores que ya se encuentren en relación de dependencia por beneficiarios del Régimen Provincial de Promoción de Empleo Joven.
En ambos casos, el trabajador beneficiario deberá estar inscripto conforme la legislación laboral vigente, y gozará de iguales licencias y franquicias horarias que rijan para los trabajadores de la contratante y en conformidad con los convenios colectivos de trabajo que se encuentren en vigencia en la actividad.
Aquellas personas humanas o jurídicas que opten por acogerse al Régimen recibirán los siguientes beneficios:
Además, se crea dicho Fondo, destinado a la implementación y financiamiento del Régimen, el mismo se integra de la siguiente manera (no reviste carácter taxativo):