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Errepar04/09/2023
Te presentamos nuestra calculadora exclusiva para determinar el monto de la asignación no remunerativa dispuesta por el DNU 438/2023
En Errepar trabajamos para ayudarte en tus tareas de todos los días, por eso ahora desarrollamos una calculadora, exclusiva para suscriptores, con la cual vas a poder determinar el monto de la asignación no remunerativa por única vez, para trabajadores en relación de dependencia del sector privado y del régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, dispuesto por el DNU 438/2023.
Si ya sos suscriptor, hacé clic acá y accedé a la calculadora
Recordamos que por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia 438/2023, que se publicó en el Boletín Oficial el 30 de agosto pasado, se estableció una asignación no remunerativa, por única vez, para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.
Esta asignación no remunerativa se aplicará a los trabajadores que perciben salarios netos, incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, correspondientes al devengado en el mes de agosto de 2023, inferiores a $400.000 o el monto proporcional en el caso de que la prestación de servicios del trabajador fuere inferior a la jornada legal o convencional.
Las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.
La AFIP, mediante la resolución general 5413 determinó que los empleadores obligados a abonar la asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia 438/2023 deberán informar dichas sumas abonadas a través de los sistemas “Libro de Sueldos Digital”, “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, según corresponda.
Asimismo, en el caso de empleadores obligados a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”, las sumas abonadas en concepto de dicha asignación se informarán con el código “560.006” denominado “Asignación no Remunerativa Dcto 438/2023”.
Por otra parte, aquellos que no se encuentren obligados a utilizar el mencionado sistema , deberán informar las referidas sumas a través del sistema “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, en el campo “Asignación no Remunerativa Dcto 438/23” del “Cuadro de Datos Complementarios.