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Errepar31/08/2023
En esta nota encontrá todo lo que querés saber sobre el bono
Finalmente, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 438/23 por el cual el Poder Ejecutivo establece la asignación no remunerativa por única vez, para trabajadores en relación de dependencia del sector privado, en jurisdicciones y organismos del Poder Ejecutivo Nacional y en el régimen de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.
Si bien aún queda pendiente la reglamentación por parte de AFIP, te acercamos las dudas más recurrentes sobre el tema:
-¿Cuál es el monto del bono y a quienes les corresponde cobrarlo?
El monto total de la asignación no remunerativa será de:
-$60.000 para los trabajadores que perciben salarios netos, correspondientes al devengado en agosto de 2023, menores o iguales a $370.000;
-la diferencia entre $400.000 y los salarios netos superiores a $370.000 correspondientes al devengado en agosto de 2023, para quienes perciben salarios netos menores a $400.000, hasta completar dicha suma.
-¿Es obligatorio el pago del bono para las empresas?
Sí, la norma establece el pago de una asignación no remunerativa (en dos tramos, agosto y septiembre) a trabajadores en relación de dependencia del sector privado y del sector público nacional.
Esas sumas podrán ser absorbidas en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos, en el marco dispuesto por las Comisiones Negociadoras de sus respectivos Convenios Colectivos de Trabajo.
-¿Hasta cuándo hay tiempo de pagar la primera cuota?
La primera cuota integrará las remuneraciones del mes de agosto, pudiendo ser abonada hasta el día 22 de setiembre 2023.
-¿Qué sucede con los trabajadores a jornada parcial?
Cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional, el pago del bono será proporcional, teniendo en cuenta el convenio colectivo aplicable o, según las reglas generales contenidas en las leyes que les resulten aplicables de acuerdo a su modalidad de contratación.
-¿Los trabajadores que reciban la suma fija podrán acceder a la compra de dólares?
Al día de hoy, no existen restricciones para la compra de dólar asociadas al cobro del bono.
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