¡No se han encontrado coincidencias!
¡No se han encontrado coincidencias!
Esta funcionalidad no se encuentra disponible para su nivel de usuario. Suscribase para obtener mayores beneficios.
Imprimir
Compartir
En Linkedin
En Facebook
En Twitter
En Telegram
Por email
Por Whatsapp
Obtener link
Errepar25/10/2022
El Gobierno faculta a la Secretaría de Energía a establecer un mecanismo alternativo para fijar el precio del Bioetanol a base de caña de azúcar
Recordamos que, a través del Decreto 717/2021, se estableció un régimen de transición sobre las condiciones de seguridad que deberán respetar las plantas de producción, mezcla y almacenaje de biocombustibles, y que las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos debían cumplir con el requisito de no ser titulares o tener participación en empresas y/o plantas productoras de biocombustibles.
Además, en su artículo 6°, se facultó a la Secretaría de Energía a establecer un mecanismo alternativo y excepcional para la determinación del precio del Bioetanol a base de maíz destinado a la mezcla obligatoria con las naftas, en los casos en que se verifiquen desfasajes sustanciales entre los precios derivados de la implementación del procedimiento establecido por la Secretaría y los costos de elaboración.
Ahora bien, el Decreto 709/2022, también habilita a la Secretaría de Energía para que establezca mecanismos alternativos para la determinación de los precios del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar.
Esto, tendrá vigencia hasta que la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía dicte la normativa pertinente en la que se estipulen las pautas para la determinación de los precios del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz.