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Errepar10/02/2023
Richard Amaro Gómez nos brinda el nuevo recordatorio de AFIP, referido al impuesto sobre los bienes personales
Recientemente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publico en el micrositio del impuesto sobre los bienes personales el siguiente recordatorio:
En este marco, traigamos a la memoria que:
En consecuencia: ¿Por qué tanto interés de la AFIP en recordar que estos activos se deben declarar?
No olvidemos que los sujetos están gravados por los bienes en el país y en el exterior. Por estos últimos, se aplica una escala de alícuotas más gravosa siempre que no repatríen. Y para determinar que alícuota resulta aplicable para bienes del exterior cuando no se repatríe, se suman TODOS los bienes: gravados y exentos, del país y del exterior.
Por tales motivos, el interés fundamental de AFIP en que se declaren los activos antes indicados más allá que no generen impuesto.
Fuente: https://www.afip.gob.ar/gananciasYBienes/bienes-personales/conceptos-basicos/bienes-exentos.asp