Algo para recordar: Vencimiento Información Productiva IP 4

Errepar02/01/2023

Análisis del régimen de información de la producción de granos y semillas dispuesto por la resolución general conjunta 5236

A través de la resolución general conjunta 5236 (Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y AFIP) publicada el 20 de julio de 2022 se establece un régimen de información respecto de la producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas, y de las existencias de trigo.

De esta forma, para la campaña 2022/2023, se crean nuevas obligaciones en cuanto a información “IP3 - IP4 - IP5”.  También es de destacar que se implementan cambios en plazos y formas para modificar las presentaciones.

SUJETOS OBLIGADOS

Los productores cuya actividad - principal o complementaria- sea la obtención de los productos mencionados precedentemente, mediante la explotación de inmuebles rurales situados en el país, propios o de terceros, cualquiera fuera su modalidad de contratación.

PROCEDIMIENTO

Para cumplimentar el régimen de información, se deberá ingresar al módulo “Información Productiva” del servicio “Sistema de Información Simplificado Agrícola - SISA” disponible en el sitio “web” de la Administración Federal de Ingresos Públicos

Dicha obligación deberá cumplirse aun cuando el productor no disponga, al momento de suministrar la información, de existencia de trigo y/o de producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.

En esta oportunidad nos vamos a volcar al análisis del próximo requerimiento de información que es el “IP 4”:

Abarca a la PRODUCCIÓN de granos en kilogramos (fina) que se deberá informar desde el día 1° de enero 2023 y hasta el último día de febrero, ambos inclusive (año inmediato siguiente al de inicio de la campaña agrícola cuya producción se declara)

Los mismos son los que figuran en el micrositio de la AFIP “Anexo IP 4 - Producción I”. Para conocer el listado completo hace clic acá.

MODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN

En el caso de necesitar modificarse la información, existirán dos mecanismos, uno por el mismo módulo Información Productiva y otro a través de AFIP “Presentaciones Digitales” seleccionando el trámite “Modificación Información Productiva” acompañando la documentación respaldatoria, quedando sujeta a verificación de AFIP. A continuación, los nuevos plazos para modificar IP 4:

Plazo para modificar a través del servicio “SISA” modulo “Información Productiva”: Del 1° de marzo al 31 de mayo de 2023, ambos inclusive

Plazo para modificar través del servicio “Presentaciones Digitales”: A partir del 1° de junio de 2023.

INCUMPLIMIENTO DEL REGIMEN

El incumplimiento -total o parcial- del régimen de información producirá los siguientes efectos:

  • Obstará la registración de los contratos conforme a lo establecido por la Resolución General N° 3.744 (AFIP) y sus modificatorias, de acuerdo con las previsiones correspondientes al sujeto obligado, hasta tanto se subsane el incumplimiento.
  • Recategorización de la calificación en el “SISA”.
  • Aplicación de las sanciones previstas en la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.