AFIP instrumenta la licencia para protección de niños y adolescentes con cáncer

Errepar18/08/2023

Se establece el procedimiento para trabajadores que accedan a la licencia especial sin goce de haberes

El Poder Legislativo mediante la Ley N° 27.674 creó un régimen de protección integral para los niños, las niñas y adolescentes que padezcan cáncer y tengan residencia permanente en el país.

La mencionada ley, reconoce el derecho de licencias especiales sin goce de haberes para uno de los progenitores o representantes legales o quienes se encuentren a cargo de niños, niñas y adolescentes que padezcan cáncer, que estén en relación de dependencia en empleo público o privado, que les permita acompañarlos en la realización de los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud, sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo.

Asimismo, la Resolución General (AFIP) 5404 publicada en el Boletín Oficial en el día de hoy, 18 de agosto 2023, dispone el procedimiento para que los empleadores puedan identificar en sus declaraciones juradas a los trabajadores que accedan a la licencia sin goce de haberes en trato.

Por lo tanto, a los efectos de identificar en las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los recursos de la seguridad social a los trabajadores que usufructuarán la licencia, se incorpora en el aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS” y en el sistema “Declaración en línea”, el código de situación “51 - Licencia Ley 27.674 Art. 13 - Régimen De Protección Integral Del Niño, Niña y Adolescente Con Cáncer”, para utilizar cualquiera sea la modalidad de contratación de los mismos.

Se encontrará disponible en el sitio “web” del organismo, opción “Aplicativos”, la versión 44 release 11 de las referidas herramientas informáticas, incorporando la citada novedad.

 

 

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