¡No se han encontrado coincidencias!
¡No se han encontrado coincidencias!
Esta funcionalidad no se encuentra disponible para su nivel de usuario. Suscribase para obtener mayores beneficios.
Imprimir
Compartir
En Linkedin
En Facebook
En Twitter
En Telegram
Por email
Por Whatsapp
Obtener link
Errepar18/04/2023
El Organismo Fiscal suma nuevas funcionalidades para facilitar las gestiones y potenciar la interacción con los contribuyentes
El Organismo Fiscal Nacional sumó nuevas funcionalidades en el servicio “presentaciones digitales” con la intención de facilitar las gestiones y potenciar la interacción con los contribuyentes.
Al respecto, los cambios incorporados procuran mejorar el acceso y contacto con los agentes del Fisco para la resolución de trámites, sin la necesidad de ir personalmente a una dependencia.
Con esta nueva funcionalidad, ya son tres los canales de comunicación:
Además, el contribuyente puede solicitar un cambio de fecha o modalidad a través de un complemento de la presentación digital, o también, de corresponder, podrá presentar un escrito de descargo en lugar de concurrir a una citación.
En este marco, las nuevas funcionalidades se suman a una nueva etapa del proceso de armonización de las herramientas con el diseño global de la página web del organismo, para brindar al usuario una interfaz amigable, contenidos accesibles y una oferta amplia de herramientas de asistencia en distintos formatos.
Se trata de un servicio con clave fiscal que se puede utilizar para realizar presentaciones y/o comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada, sin necesidad de concurrir a una dependencia.
Para utilizar el servicio tenés que tener:
Las presentaciones digitales enviadas deben cumplir con los requisitos y condiciones que se especifican para cada trámite. Caso contrario, recibirás una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico indicando los motivos para que puedas subsanarlos y volver a presentarla.
También dentro del Domicilio Fiscal Electrónico la AFIP avisa cuando sea necesario que adjuntes documentación complementaria a la presentación.
Para las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas que se efectúen en un día feriado o inhábil e impliquen el inicio de un plazo para algún trámite, este comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.