AFIP: nuevos lineamientos para la producción de actos y documentos administrativos

Errepar19/10/2022

Se dictan en el marco de la protección sobre la información de los contribuyentes y la implementación del Sistema GDE

La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Disposición 199/2022, actualiza la definición de los distintos actos administrativos de alcance general o particular que dicta en el ámbito fiscal.

En este sentido, recuerda que los actos administrativos deberán dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos previstos en la ley de Procedimiento Administrativo –L. 19549- que fija los siguientes requisitos esenciales:

  • Ser dictados por autoridad competente
  • Sustentarse en hechos y antecedentes que le sirvan de causa y en el derecho aplicable
  • Tener un objeto cierto y física y jurídicamente posible
  • Cumplir con los procedimientos esenciales y sustanciales y los que resultan implícitos del ordenamiento jurídico
  • Estar motivados, expresando de forma concreta las razones de su dictado
  • No perseguir otros fines, públicos o privados, distintos de los que justifican su acto, causa y objeto.

La norma distingue entre los actos de alcance general y los de alcance particular, lo actos y documentos que no se publican en el Boletín Oficial pero si se difunden de manera interna por otros medios, las instrucciones generales o normas de procedimiento o trámite interno que resultan de cumplimiento obligatorio para las dependencias, las instrucciones generales, los informes, las providencias, comunicados, notas y consultas vinculantes.

Sobre estas últimas, la AFIP aclara que son las respuestas en materia técnica-jurídica a consultas formuladas por los contribuyentes que son de alcance individual resueltas por los Subdirectores.