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Errepar30/03/2023
El Fisco prorroga el plazo para que los contribuyentes que estaban eximidos de la obligación puedan registrar los datos biométricos
Por medio de la resolución general 5336, la AFIP extienden los plazos para que los contribuyentes y/o responsables que estuvieron eximidos de la obligación de registrar los datos biométricos en las dependencias de la AFIP con motivo de la pandemia -RG (AFIP) 4699 y sus sucesivas prórrogas- realicen el citado trámite.
A tal efecto se establece un cronograma según la terminación del CUIT del responsable.
TERMINACIÓN DE CUIT |
FECHA |
0-1 |
28 de abril de 2023 |
2-3 |
31 de mayo de 2023 |
4-5 |
30 de junio de 2023 |
6-7 |
31 de julio de 2023 |
8-9 |
31 de agosto de 2023 |
La fecha hasta la cual cada contribuyente deberá dar cumplimiento a la obligación de registrar los datos biométricos será notificada por la AFIP, en los domicilios fiscales electrónicos correspondientes.
Por medio de la RG (AFIP) 5266, se habilitó desde el 3 de octubre de 2022, en la aplicación móvil “Mi AFIP”, la opción “Datos Biométricos” para que los contribuyentes y/o responsables validen su identidad mediante factores de autenticación de biometría de reconocimiento facial, a distancia y en tiempo real con el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), sin la necesidad de concurrir a las dependencias de la AFIP.
La funcionalidad coexistie con el “Registro de los Datos Biométricos” -registro digital de la fotografía, firma, huella dactilar e imagen reproducida del documento nacional de identidad (DNI)-, revistiendo este último el carácter de método alternativo de excepción ante situaciones en las que no resulte factible validar la identidad a través del uso de la mencionada aplicación.
Todas las novedades y los aspectos inherentes a esta funcionalidad para la validación de la identidad mediante la aplicación móvil “Mi AFIP” pueden consultarse en el micrositio denominado “AFIP en tu celular” (https://www.afip.gob.ar/celular/), seleccionando la opción “Mi AFIP”.