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Erreius24/05/2022
Luego de varios años sin aplicar actualizaciones, la Corte aumenta los montos para interponer recurso de queja, el de apelabilidad de sentencias y la tasa de justicia
Mediante las Acordadas 13, 14 y 15 de 2022, la Corte aumenta los montos para interponer recurso de queja por denegatoria del recurso extraordinario, el monto mínimo del proceso para la apelación de sentencias judiciales y la tasa de justicia para juicios sin valor pecuniario.
Se establece en la suma de $ 300.000 el depósito regulado por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, como requisito para la viabilidad del recurso de queja por denegación del extraordinario. El nuevo monto se aplicará para los recursos de queja que se presenten a partir del 1 de junio de 2022.
Accedé a la Acordada 13/2022, haciendo clic aquí.
Se actualiza el monto fijado en el segundo párrafo del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, estableciéndose en el importe de $ 700.000, aplicable para las demandas o reconvenciones que se presenten a partir del 1 de junio de 2022.
Recordamos que el mencionado artículo establece la inapelabilidad de las sentencias definitivas y las demás resoluciones, cualquiera fuera su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma determinada.
Accedé a la Acordada 14/2022, haciendo clic aquí.
Se adecua el monto fijado en el artículo 6° de la ley 23.898, fijándoselo en el importe de $ 4.700.
Y se establece que el nuevo monto se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del 1 de julio de 2022.
Accedé a la Acordada 15/2022, haciendo clic aquí.