Refuerzo alimentario para adultos sin ingresos: aprueban normas complementarias

Errepar25/11/2022

Se aclaran aspectos para su administración, otorgamiento, pago, control y supervisión

En el dia de hoy se publicó la Res. (ANSES) 274/2022, por la cual se establecen normas aclaratorias y complementarias para la implementación, administración, otorgamiento, pago, control y supervisión del “refuerzo alimentario para adultos sin ingresos”, instituido mediante el Decreto Nº 758/22 (BO: 11/11/2022)

Recordemos que dicha norma, implementó un bono de 45.000 pesos para personas que se encuentren en “situación de extrema vulnerabilidad”, en dos cuotas iguales de $22.500 en noviembre y diciembre de 2022.

 

Solicitud

El trámite constará de una “Inscripción, Solicitud y Validación de Datos” y podrá realizarse de manera remota desde la página WEB (www.anses.gob.ar), o a través de las Unidades de Atención Integral (UDAIs), Oficinas y Operativos Móviles, hasta el 30 de noviembre de 2022 inclusive.

 

Extrema vulnerabilidad

Se considerarán en situación de extrema vulnerabilidad a todas aquellas personas que superen la evaluación socioeconómica que se establece en la presente resolución.

 

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Residencia y Edad

-Para acceder al beneficio, los extranjeros deberán haber residido en el territorio argentino no menos de dos años, y deberán permanecer durante la vigencia de la prestación.

-Podrán solicitar la prestación quienes tengan 18 años o más y menos de 65 años. Estas edades serán consideradas al 20 de octubre de 2022, inclusive.

 

Jóvenes entre 18 y 24 años

Además de cumplir con los requisitos propios, su grupo familiar no debe registrar ingresos de acuerdo al criterio que se utiliza para la liquidación de las asignaciones familiares.

 

Evaluación socioeconómica

No podrá acceder al benenficio aquellas personas solicitantes que:

1- Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de crédito;

2- Hayan realizado gastos y/o consumos dentro y fuera del país con tarjetas de débito y/o billeteras virtuales iguales o superior a PESOS TREINTA MIL ($30.000);

3- Se les hayan realizado acreditaciones bancarias y/o en billeteras virtuales, por una suma igual o superior a PESOS TREINTA MIL ($30.000);

4- Hayan realizado compra de moneda extranjera;

5- Sean titulares de plazos fijos y bonos bursátiles;

6- Hayan efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones; sean propietarias de UNO (1) o más bienes inmuebles, de UNO (1) o más automotores de una antigüedad menor a DIEZ (10) años, o de UNA (1) o más embarcaciones o aeronaves.

 

Otorgamiento y pago

ANSES notificará si la persona solicitante reúne la totalidad de los requisitos exigidos, y en caso de corresponder, abonará el refuerzo a través de una transferencia bancaria en la cuenta de la persona solicitante.

 

Resultados

El resultado de las evaluaciones realizadas y la determinación del derecho a percibir el beneficio estará disponible en el sitio MI ANSES, dentro del Aplicativo Digital “REFUERZO ALIMENTARIO PARA ADULTOS SIN INGRESOS”.

 

Prestación no pasible de descuento

El “refuerzo alimentario para adultos sin ingresos” no será susceptible de descuento alguno, ni computable para ningún otro concepto.

 

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