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Errepar04/10/2022
Se publicó la ley 27687 que aprueba el Consenso Fiscal suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el Poder Ejecutivo y las Provincias
Finalmente se publicó en el Boletín Oficial del 4 de octubre de 2022, la ley 27687 que aprueba el CONSENSO FISCAL suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias, demorado varias veces para su ratificación por el Poder Legislativo.
Vale la pena recordar que la primera versión del acuerdo denominado Consenso Fiscal se remonta al año 2017. En aquel texto del año 2017 los objetivos perseguidos eran completamente opuestos a esta nueva versión, donde se notaba la preocupación de los gobiernos era la creciente presión fiscal y la total falta de armonización en materia de alícuotas y tratamientos con relación a los tributos locales.
Después vinieron los Consensos 2018, 2019 y 2020 antes de 2021 que prorrogaron o directamente eliminaron algunos compromisos del Consenso 2017.
Conforme indica la cláusula decimoséptima del Consenso 2021, las partes ahora, acuerdan dejar sin efecto las obligaciones asumidas en materia tributaria provincial establecidas con anterioridad a través de los Consensos Fiscales suscriptos en fecha 16 de noviembre de 2017, 13 de setiembre de 2018, 17 de diciembre de 2019 y 4 de diciembre de 2020, teniendo únicamente como exigibles aquellas cuyo cumplimiento se hayan efectivizado a la fecha de la firma del presente Consenso, así como las que surgen expresamente de lo estipulado en el mismo.
Ello implica que, frente al caso de que alguna de las jurisdicciones o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hayan dado cumplimiento a los compromisos asumidos mediante la firma de los acuerdos oportunamente suscriptos, ellos resultarán exigibles para los contribuyentes.
A modo de ejemplo en el siguiente cuadro de alícuotas máximas del impuesto sobre los ingresos brutos podemos observar que en este acuerdo 2021 las jurisdicciones locales han incrementado las alícuotas máximas respecto de las que habían establecido en el cronograma del Consenso Fiscal del 2017. Ese texto tenía previsto que los ingresos generados por numerosas actividades, para el período fiscal 2022, quedarían exentos del impuesto sobre los ingresos brutos:
Actividad |
Alícuota máxima para el año 2022. Consenso Fiscal 2017 |
Alícuota máxima prevista a partir del 1/1/2022. Consenso Fiscal 2021 |
Agricultura, ganadería, caza y silvicutura |
Exento |
0,75% |
Pesca |
Exento |
0,75% |
Explotación minas y canteras |
Exento |
0,75% |
Industria manufacturera |
Exento |
1,50% |
Industria papelera |
3,00% |
6,00% |
Electricidad, gas y agua (excepto residenciales) |
Exento |
3,75% |
Electricidad, gas y agua (residenciales) |
Exento |
4,00% |
Construcción |
2,00% |
2,50% |
Comercio mayorista, minorista y reparaciones en general |
5,00% |
5,00% |
Hoteles y restaurantes |
4,00% |
4,50% |
Transporte |
Exento |
2,00% |
Comunicaciones |
3,00% |
5,50% |
Telefonía celular |
5,00% |
6,50% |
Intermediación financiera |
5,00% |
9,00% |
Servicios financieros |
5,00% |
9,00% |
Créditos hipotecarios |
Exento |
Exento |
Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler |
4,00% |
5,00% |
Servicios sociales y de salud |
4,00% |
4,75% |
En este nuevo acuerdo las partes signatarias asumen nuevos compromisos, relacionados con la administración tributaria; al impuesto sobre los ingresos brutos; impuesto de sellos; impuesto inmobiliario; impuesto a los automotores entre otros.