Se modifican los requisitos de inscripción y el monto de la ayuda económica, entre otros cambios.
La Secretaría de Empleo, mediante la Resolución 1364/2022, modifica desde octubre de 2022 el Reglamento del Programa Promover la Igualdad de Oportunidades de Empleo, con respecto a las condiciones de los proyectos de la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario, los requisitos de inscripción, el monto de la ayuda económica y el máximo de períodos mensuales por el cual podrá percibirse la misma, y las obligaciones de los Organismos Ejecutores, entre otras cuestiones.
A continuación se reseñan los principales cambios.
Monto, compatibilidad y límites de la ayuda económica mensual
Se establecen las siguientes modificaciones:
- Los participantes de la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario perciben, en forma directa y a mes vencido, una ayuda económica mensual de $20.000.
- Los participantes no podrán integrar más de 1 proyecto por vez dentro de esta Línea y sólo percibirán la ayuda económica por hasta un máximo total de 36 períodos mensuales, independientemente de la cantidad de proyectos a los que se vinculen.
- La ayuda económica es compatible con el cobro de una remuneración igual o inferior a 3 salarios mínimos, vitales y móviles durante los 3 primeros meses de cada nueva relación laboral que inicien los participantes. Este límite no se aplica cuando las remuneraciones devengadas por los participantes se encuadren en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para Casas Particulares.
Condiciones de los proyectos de la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario
Los proyectos deberán reunir las siguientes condiciones:
- estar integrados por un grupo de 5 a 12 participantes
- contar con la asistencia de un tutor que acompañe a los participantes en sus actividades, y realice el seguimiento y evaluación de las habilidades y saberes adquiridos durante su desarrollo
- prever una duración mínima de 12 meses y máxima de 36 meses
- tener una carga horaria de 4 a 6 horas diarias, de 3 a 5 días por semana, y por un máximo total de 20 horas semanales
- desarrollarse en sedes aptas y accesibles para sus participantes
- contar con un responsable técnico, capacitado y con experiencia en la materia, que asuma las responsabilidades operativas y de gestión del proyecto
Obligaciones de los Organismos Ejecutores
Las principales obligaciones de los Organismos Ejecutores de la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario son:
- ejecutar los proyectos
- garantizar que las actividades se desarrollen en espacios accesibles para los participantes
- proveer los insumos y las herramientas necesarios para que los participantes desarrollen sus actividades
- contratar la cobertura de un seguro de accidentes personales para los participantes asignados a sus proyectos
- garantizar las condiciones de seguridad e higiene del establecimiento donde se implementen las actividades
- comunicar a la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo o en la Agencia Territorial, correspondiente a su domicilio, cualquier novedad o modificación que deba introducirse al proyecto para su autorización
- garantizar el acompañamiento y la presencia de un tutor que asista, capacite y forme en su expertís a los participantes del Programa.
- presentar en forma semestral ante la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo o en la Agencia Territorial, correspondiente a su domicilio, los informes elaborados por los tutores sobre el desempeño de los participantes, y un informe de avance del proyecto
¿Cómo inscribirse?
Las personas interesadas en participar en la Línea de Actividades Asociativas de Interés Comunitario deberán presentarse con su D.N.I./ L.E./L.C., constancia de CUIL y certificado de discapacidad vigente, en la Oficina de Empleo de la Red de Servicios de Empleo o en la Agencia Territorial, correspondiente a su domicilio. En esa oportunidad, suscribirán un Formulario de Adhesión en el cual se detallarán sus derechos y obligaciones.
El trámite de inscripción es gratuito y deberá realizarse en forma personal, quedando prohibida la intervención de gestores o apoderados.
